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Las ganancias y pérdidas obtenidas al operar con futuros y opciones financieras tributan en España como ganancia o pérdida patrimonial dentro de la base del ahorro, con el mismo tratamiento fiscal y la misma escala progresiva que se aplica a las acciones, ETF y CFD. No existe un régimen fiscal diferenciado por el hecho de tratarse de instrumentos derivados.
Una diferencia relevante frente a los CFD es que los futuros y las opciones pueden implicar, según el instrumento y las condiciones del contrato, la entrega física del activo subyacente al vencimiento, aunque en la práctica la inmensa mayoría de los traders particulares cierra sus posiciones antes de esa fecha, liquidando la diferencia en efectivo.
| Concepto | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Resultado de la operación cerrada | Ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro |
| Prima cobrada por vender una opción | Ganancia patrimonial en el momento del cobro o al liquidarse la operación |
| Comisiones de intermediación | Reducen el resultado fiscal como gasto asociado a la operación |
Cómo se calcula el resultado fiscal de una operación con futuros
El resultado se determina como la diferencia entre el precio de cierre y el precio de apertura de cada contrato, multiplicado por el valor del punto correspondiente al instrumento negociado, descontando las comisiones satisfechas. Cuando una posición se mantiene abierta al vencimiento y se liquida por diferencias en efectivo (sin entrega física del subyacente), el tratamiento fiscal sigue las mismas reglas generales de ganancia o pérdida patrimonial.
Cómo se calcula el resultado fiscal de una operación con opciones
Cuando se compra una opción, la ganancia o pérdida se calcula por la diferencia entre lo pagado por la prima y lo obtenido al vender la opción o ejercerla; si la opción expira sin ejercerse, la prima pagada se computa íntegramente como pérdida patrimonial. Cuando se vende (se emite) una opción, la prima cobrada constituye una ganancia patrimonial en el momento en que la operación se cierra, ya sea porque la opción expira sin ejercerse, se recompra antes de vencimiento o se ejerce, en cuyo caso hay que integrar también el resultado de la entrega del subyacente si la hubiera.
Cómo se aprende a calcular correctamente el resultado fiscal de operar con derivados con criterio
Diferenciar el tratamiento fiscal según se compren o se vendan opciones, y según se liquide o no en efectivo un futuro, es parte del curso de trading avanzado de Lotus Trading Academy, con David Cánovas, Asesor Financiero certificado por la Directiva MiFID II de la CNMV.
Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad de futuros y opciones en España
¿Cómo tributan las ganancias con futuros en España?
Tributan como ganancia patrimonial dentro de la base del ahorro, con la misma escala progresiva que se aplica a las acciones y otros instrumentos financieros.
¿Cómo tributan las ganancias con opciones financieras en España?
También tributan como ganancia patrimonial en la base del ahorro, calculándose de forma distinta según se hayan comprado o vendido las opciones.
¿Qué pasa fiscalmente si una opción comprada expira sin ejercerse?
La prima pagada se computa íntegramente como pérdida patrimonial en el ejercicio en que expira la opción.
¿Cuándo tributa la prima cobrada al vender una opción?
Tributa como ganancia patrimonial en el momento en que se cierra la operación, ya sea por expiración, recompra o ejercicio de la opción.
¿Se pueden compensar pérdidas de futuros y opciones con otras ganancias?
Sí, siguen las mismas reglas generales de compensación que el resto de ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro.
¿Es distinta la fiscalidad de futuros y opciones frente a la de acciones?
No, comparten el mismo tratamiento fiscal general como ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro, con la misma escala de tramos.
¿Qué ocurre si un futuro implica entrega física del subyacente?
El tratamiento fiscal sigue las reglas generales de ganancia o pérdida patrimonial, aunque en la práctica la mayoría de traders particulares cierra antes de esa situación.
¿Se declaran las comisiones de futuros y opciones como gasto deducible?
Sí, las comisiones de intermediación reducen el resultado fiscal de la operación al calcular la ganancia o pérdida patrimonial.
¿Cambia la fiscalidad si opero futuros sobre índices o sobre materias primas?
No, el tratamiento fiscal general es el mismo con independencia del activo subyacente sobre el que se negocie el futuro.
¿En qué apartado del Modelo 100 se declaran los futuros y opciones?
Se incluyen en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de otros elementos patrimoniales de la declaración anual del IRPF.